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Qué se puede patentar y qué no

Las patentes son una poderosa herramienta para proteger las innovaciones y fomentar los avances tecnológicos. Proporcionan a los inventores y creadores derechos exclusivos sobre sus invenciones, otorgándoles la capacidad de impedir que otros fabriquen, utilicen, vendan o importen sin permiso la tecnología patentada. Sin embargo, no todo puede patentarse. En este artículo nos adentramos en los criterios clave de patentabilidad y analizamos qué se puede patentar y qué no.

Criterios de patentabilidad

Para tener derecho a una patente, una invención debe cumplir ciertos criterios que varían según las jurisdicciones, pero que generalmente incluyen:

1. Novedad: la invención debe ser nueva y no haber sido divulgada previamente ni estar a disposición del público. Cualquier estado de la técnica -publicaciones existentes, patentes o demostraciones públicas- que describa la invención puede poner en peligro su novedad.

2. No obviedad: La invención debe implicar una actividad inventiva que no resulte evidente para un experto en la materia. Este criterio pretende evitar la concesión de patentes por mejoras incrementales o triviales.

3. Utilidad o aplicabilidad industrial: La invención debe servir a un fin práctico y tener una aplicación útil en la industria. Las ideas puramente teóricas o abstractas no pueden ser objeto de protección mediante patente.

4. Habilitación: La invención debe describirse adecuadamente y permitir a un experto en la materia reproducir y utilizar la invención basándose en la información facilitada en la solicitud de patente.

5. Elegibilidad de la materia: La invención debe pertenecer a la materia patentable definida en la legislación sobre patentes. Este criterio varía según la jurisdicción, pero normalmente incluye procesos, máquinas, composiciones de materia y mejoras útiles de los mismos.

Qué se puede patentar

  1. Patentes de utilidad: Estas patentes protegen procesos, máquinas, artículos manufacturados o composiciones de materia nuevos y útiles. Las patentes de utilidad son el tipo más común de patentes y cubren una amplia gama de invenciones, desde innovaciones tecnológicas hasta fórmulas farmacéuticas.

  2. Patentes de diseño: Las patentes de diseño protegen la apariencia ornamental de un artículo útil, más que sus aspectos funcionales. Se conceden por diseños originales, no funcionales y visualmente distintivos.

  3. Patentes de plantas: Las patentes de plantas se conceden para variedades vegetales nuevas y distintas que se han reproducido asexualmente. Abarcan las plantas que no se encuentran en la naturaleza y que han sido creadas o descubiertas artificialmente.

Qué no se puede patentar

  1. Leyes de la naturaleza: Los principios científicos abstractos, los fenómenos naturales y las leyes de la naturaleza no pueden patentarse. Se consideran descubrimientos más que invenciones.

  2. Ideas abstractas: Las ideas puramente abstractas o teóricas sin ninguna aplicación práctica no son susceptibles de protección por patente. Carecen de los aspectos concretos y tangibles requeridos para la patentabilidad.

  3. Algoritmos matemáticos: Los algoritmos y las fórmulas matemáticas, en sí mismos, no son patentables. Sin embargo, las aplicaciones específicas de algoritmos matemáticos pueden ser patentables si cumplen otros criterios de patentabilidad.

  4. Métodos de tratamiento médico: Los métodos de tratamiento médico realizados en seres humanos o animales no suelen ser patentables, ya que a menudo se consideran parte de la profesión médica.

Navegando por el proceso de patentes

Navegar por el proceso de patentes puede ser complejo y requiere prestar mucha atención a los detalles. Los inventores y creadores que deseen proteger sus innovaciones mediante patentes deben consultar a un abogado o agente de patentes cualificado. Estos profesionales pueden guiar a los solicitantes a través del proceso de solicitud, realizar búsquedas del estado de la técnica y garantizar que se cumplen todos los criterios de patentabilidad.

En conclusión, las patentes desempeñan un papel fundamental en el impulso de la innovación al recompensar a los inventores y creadores con derechos exclusivos sobre sus invenciones. Para poder optar a la protección mediante patente, una invención debe ser novedosa, no evidente, útil, estar habilitada y pertenecer a la materia patentable. Mientras que las patentes de utilidad, de diseño y de plantas cubren una amplia gama de innovaciones, ciertas categorías, como las leyes de la naturaleza y las ideas abstractas, están excluidas de la patentabilidad. Al comprender los criterios de patentabilidad y buscar orientación profesional, los inventores y creadores pueden proteger sus invenciones y contribuir al avance de la tecnología y la sociedad.

Este artículo es un comentario breve sobre novedades legales; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal. Para mayor información, por favor contáctenos a info@ellipseip.com.

Criterios de patentabilidad
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